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Donar el usufructo de una vivienda a un hijo como alternativa para reducir impuestos

Donar el usufructo de una vivienda a un hijo como alternativa para reducir impuestos

Durante este año en toda España se ha visto significativos cambios a nivel legislativo y tributario, por lo cual existe un temor generalizado ante el incremento de los impuestos, y sumado el efecto “pandemia” ha generado que las donaciones de viviendas alcancen niveles récord, desde que se tiene registro (a partir del año 2007).

 

Con el nuevo año entra en vigor varios cambios fiscales, como los descritos en el marco de la lucha contra el fraude fiscal, una razón importante para hacer los respectivos trámites de donaciones. La aprobación de la Ley 11/2021 que busca aplicar medidas de prevención y lucha contra el fraude, fue aprobada en el mes de julio; entre sus objetivos está endurecer la tributación de los pactos sucesorios, y cambiar los valores de declaración del impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Siendo esta la situación, a grandes rasgos se entiende que donar un inmueble a los hijos herederos, puede resultar demasiado costoso. Sin embargo, si se hace la donación del usufructo de la vivienda, se logra hacer un ahorro en materia de impuestos, una alternativa interesante que merece su respectivo análisis.

 

Si te interesa el tema, desde Kecondal Real Estate te explicamos algunas claves que debes considerar para este proceso.

¿Qué es el usufructo de una propiedad?

Recibir el usufructo de una vivienda significa que se puede gozar de los beneficios, sin ser el propietario titular, siempre y cuando se cumpla con la obligación de conservarla. El propietario y usufructuario es considerado como el titular, teniendo el pleno dominio de la propiedad.

 

Con estas condiciones, quien recibe el usufructo tiene derecho a utilizar la vivienda, incluso tiene la posibilidad de arrendarla. Dentro de las obligaciones adquiridas están la conservación y cuidado, también deberá hacer el pago de las reparaciones ordinarias y pago del IBI del inmueble. Mientras que el propietario titular mantiene el pago de las reparaciones extraordinarias y el pago a la comunidad de propietarios.

Otra de sus ventajas es que esta medida puede ser temporal o vitalicia, y también da la posibilidad de incluir a más de una persona.

 

¿Por qué es mejor donar el usufructo de la propiedad y no ésta como tal?

Al efectuar la donación total del dominio de un inmueble existe la obligación de pagar tres impuestos diferentes: el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, el IRPF y la plusvalía municipal.

El donante pagará el IRPF por concepto de ganancia patrimonial;  mientras que el donatario deberá asumir el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones y la plusvalía municipal, el cual irá a las arcas de la comunidad autónoma donde se encuentra la propiedad.

 

Para el caso de la donación del usufructo de una vivienda, hay unos beneficios fiscales que se deben considerar. Para los donantes que pagarán el IRPF pueden declarar un menor valor por concepto de reducción de ingresos al estar arrendado. También está la reducción de los costes fiscales de la donación, que dependiendo de la comunidad autónoma donde se realice pueden ser mayores.

¿Cómo se calcula el valor de usufructo para liquidar los respectivos impuestos?

Como ya se ha explicado, al hacer la donación del usufructo hay una reducción de los costes fiscales; esto se debe al sistema de cálculo utilizado, descrito en las normas del Impuesto de Transmisión Patrimonial.

Generalmente, el usufructo donado suele tener un carácter vitalicio, por lo tanto, la fórmula usada para el cálculo es la siguiente: 89 – edad del usufructuario x valor total del inmueble.

 

Por ejemplo, si una persona de 50 años recibe la donación de usufructo de una propiedad con un valor estimado en 200.000 euros, la operación arroja que el valor del usufructo es de 78.000 euros, un 39% del valor total del inmueble, (89 – 50 = 39%) (200.000 x 39% = 78.000).

Pagos por donación en Cataluña

En la Comunidad Autónoma de Cataluña las donaciones de propiedades habituales, o el dinero para comprar una vivienda habitual, tienen una bonificación que puede alcanzar el 95% del valor de la vivienda o el dinero donado, recibiendo una reducción máxima de sesenta mil euros.

 

El donatario deberá cumplir con estos requisitos: la donación debe tener escritura pública donde se registre el destino de la vivienda, que debe ser habitual. Si se trata de donación de dinero, la escritura se dará en un plazo máximo de un mes, y el beneficiario no puede ser mayor de 36 años, (salvo situación de discapacidad igual o superior al 65%)

 

Si necesitas ampliar información sobre este tema, nuestro departamento legal está dispuesto a asesorarte. Consúltanos.

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LuisOnis

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